Elaboración Convenios de Gestión Educacional Directoras y  Directores Ejecutivos SLEP

El Convenio de Gestión Educacional (CGE) antes de la convocatoria

Los artículos N° 39 y 40 de la Ley N° 21.040 , así como el Decreto N° 82 en su título II, establecen las condiciones y el proceso de elaboración y suscripción de los convenios de gestión educacional (CGE) de los I niveles de los Servicios Locales de Educación. 

El proceso involucra un recogimiento de las apreciaciones de los Comités Directivos Locales (CDL) y los Consejos Locales (CL), el cual es coordinado por la Dirección de Educación Pública (DEP).

Cuatro meses antes de la convocatoria al concurso público de Directora o Director Ejecutivo, el o la Directora de la DEP deberá remitir la propuesta de convenio al CDL y CL respectivo, además de un resumen ejecutivo a todos los establecimientos educacionales. El o la Directora Ejecutiva que se encuentre en ejercicio, en conjunto con  CDL tiene un plazo de tres meses, para emitir un informe en el cual se propongan prioridades para esta propuesta. Se considerarán para ello, las propuestas del CL, que tendrá como plazo un mes para remitirlas antes de la emisión del informe. 

El proceso con el CDL finaliza cuando el Comité Directivo Local envía directamente su informe de prioridades a la DEP.

La propuesta de CGE deberá ser sancionada por la DEP con el fin de que forme parte de los antecedentes del concurso de Director o Directora Ejecutiva.

Contenido del Convenio de Gestión Educacional (CGE)

Los objetivos y metas que se establezcan en el CGE deberán reflejar: los desafíos del cargo y lineamientos para el convenio establecido en el perfil respectivo, los lineamientos de política pública, las prioridades e indicadores gubernamentales fijados por la autoridad respectiva, los objetivos estratégicos institucionales, y las funciones estratégicas del cargo, expresando el aporte clave que se espera que el directivo realice a la institución, con el fin de conducirla hacia mayores niveles de eficacia, eficiencia, gobernanza e integridad.

Además, los CGE deberán tener en consideración las políticas nacionales de educación pública establecidas por el Ministerio de Educación, así como las especificidades del territorio del Servicio Local respectivo, considerando al menos la calidad y eficiencia, equidad y cobertura del servicio educacional. 

Asimismo, se deberán considerar los informes que emitan las instituciones del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media. Respecto de los establecimientos educacionales, el convenio deberá fijar objetivos y metas específicas orientadas al mejoramiento de su desempeño, teniendo en especial consideración a los ordenados en categoría insuficiente, de acuerdo a la ley Nº 20.529.

Proceso de elaboración del CGE

Aspectos generales y plazos del CGE

Elaboración de la propuesta de CGE

Para iniciar el proceso de elaboración de CGE, se debe ingresar al hipervínculo Generar propuesta de convenio en la página principal de SICDE. Esta opción se habilitará cada vez que se inicie un concurso, vale decir, desde antes del nombramiento.

Será la contraparte de convenios titular del ministerio o servicio quien tendrá en su bandeja de entrada de SICDE esta tarea. Al presionar Generar propuesta de convenio se despliega el formulario que permitirá generar una propuesta de convenio de desempeño.

Para realizar la “carga” del convenio se debe seleccionar la opción Agregar objetivo y rellenar los campos que se proponen.

Nota: Tanto los objetivos como los indicadores pueden tener una ponderación mínima de 10% y máxima de 30%. Este proceso se repite por cada uno de los objetivos e indicadores que se consideren para el Convenio de Desempeño.

Una vez que se completa la información de los campos necesarios, el sistema permite realizar cuatro acciones:


Finalizado este paso aparecerá una confirmación de envío del documento. Desde este punto, el Consultor o Consultora del Servicio Civil tiene un plazo de 5 días hábiles para su revisión y/o aprobación.


Suscripción, firma y comunicación del CGE

Una vez que la propuesta de CGE haya sido aprobada por el/la Consultor/a SC, SICDE activará automáticamente una nueva tarea a la contraparte titular de convenios de la DEP, para la carga del convenio suscrito, es decir, aquél que está firmado por el Director/a Ejecutivo/a y el/la Ministro/a de la cartera.

Junto al CGE suscrito se debe subir la resolución exenta que aprueba este instrumento. SICDE permite la subida de un documento anexo en caso de ser necesario, aunque no es un campo obligatorio.

Nota: Se consideran válidos los documentos firmados física o digitalmente.

Para subir los documentos se debe ingresar a la actividad X Convenios en espera de firma y seleccionar el concurso ADP correspondiente al convenio elaborado.

Lo primero que corresponde hacer es definir los firmantes. Para esto, se debe seleccionar la opción Definir Firmantes e ingresar los datos solicitados.

Una vez completada y guardada esta información se debe proceder a subir el convenio, su resolución y un anexo en caso de ser necesario. Para esto, se debe presionar el botón Subir convenio firmado.

Con esta acción los documentos subidos serán derivados al Consultor/a SC para su revisión, el cual podría devolverlos en caso de encontrar alguna inconsistencia, error o mala resolución que impida la correcta lectura del instrumento.

La aprobación de los documentos da como resultado el registro de ellos en la Oficina de Partes del Servicio Civil y, por tanto, se entiende como comunicados según lo estipulado en la ley Nº 19.882, no habiendo necesidad de hacer envío por plataformas digitales ni oficio físico de lo cargado en plataforma.


Revisión y aprobación del CGE

La acción Guardar y firmar deriva la propuesta de convenio al Consultor/a del Servicio Civil (SC) para su revisión. El Consultor/a tendrá la posibilidad de ingresar comentarios técnicos y de forma a la propuesta de CD, solicitando modificaciones al documento en la línea de mejorar la redacción, la complejidad de los objetivos, la fórmula de cálculo, los supuestos u otros elementos que se estimen pertinentes.

De este proceso de revisión, pueden generarse dos posibles escenarios:

1. Aprobación del convenio

Una propuesta de convenio puede ser aprobada en primera instancia si es que la revisión técnica del o la Consultor/a SC así lo determina. La aprobación del convenio da como resultado la tarea de subir el convenio firmado y la resolución que lo aprueba a SICDE. Esta labor debe llevarla a cabo la contraparte de convenios titular del servicio o ministerio, según corresponda.

2. Convenio con observaciones

En caso de que el convenio sea objeto de algún comentario u observación por parte del o la Consultor/a SC, la propuesta de CD será devuelta vía SICDE a la contraparte titular de convenios del ministerio o servicio correspondiente. La contraparte tendrá la posibilidad de ver y/o responder estas observaciones a través de la misma plataforma.

Para responder o añadir los requerimientos solicitados, la contraparte deberá ingresar nuevamente a la opción Generar Propuesta de Convenio y seguir los mismos pasos que realizó al momento de la carga inicial del convenio. Para hacer envío al Consultor/a SC la contraparte debe nuevamente presionar Guardar y firmar. Esta acción activa nuevamente la tarea al Consultor/a SC, reiniciando el proceso de revisión y/o aprobación.